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Corte de
tráfico
Corte de tráfico
Juicios
Existen 2 tipos de juicios:
- Juicios en persona (en la corte)
- Juicio por declaración
- Juicios en persona
¿Cómo obtengo una fecha para el juicio?
Si cree que no es culpable, puede solicitar un juicio en persona. Puede solicitar un juicio siguiendo las instrucciones de su aviso de cortesía o yendo a la corte que aparece en su citación. Cuando solicite el juicio tendrá que pagar
por completo la cantidad da la fianza. La corte guardará el dinero de la fianza en un fideicomiso para garantizar su comparecencia ante la corte el día del juicio. Si no quiere pagar la fianza, puede pedirle al comisionado un juicio cuando comparezca ante la corte para la lectura de cargos. Tendrá que volver a comparecer ante la corte otro día para el juicio. La remisión a la escuela de tráfico después del juicio queda a la discreción del funcionario judicial. ¿Cómo puedo obligar a un testigo a venir al juicio? Puede solicitar una orden de comparecencia para obligar a una persona a venir a la corte y dar testimonio. Si quiere que la persona traiga además documentos o algún tipo de prueba material, use la orden de comparecencia duces tecum. Puede obtener órdenes de comparecencia en blanco en la oficina de la corte. Necesitará llenar 3 copias de la orden de comparencia llenada. Una persona mayor de 18 años de edad que no esté involucrada en el caso le tiene que entregar la orden de comparecencia personalmente al testigo (CCP 1987(a)). No hace falta entregarle una orden de comparecencia al agente que le dio la citación. La corte le pedirá al agente que venga al juicio.
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- Juicios de tráfico por declaración (por escrito)
¿Qué es un
Juicio por declaración?
En la mayoría de los casos, las personas acusadas de una infracción del Código de Vehículos o de una ordenanza local pueden solicitar un
Juicio por declaración. Esto quiere decir que en vez de ir a la corte para defender su caso, usted y el agente que le dio la citación le entregan al juez una declaración y pruebas por escrito. Las pruebas pueden incluir:
¿Cualquier persona puede pedir un Juicio por declaración?
No. Puede pedir un
Juicio por declaración (juicio por escrito) si:
(1) le dieron una citación sólo por infracciones de tráfico; (2) no pasó todavía la fecha de vencimiento para el pago de la multa; y (3) su aviso de cortesía no dice que está obligado a comparecer ante la corte.
Para obtener más información sobre los juicios por declaración, vea el documento Juicio por declaración escrita, instrucciones para el demandado en el sitio Web de la corte estatal. También podrá descargar el formulario de Solicitud de juicio por declaración escrita desde ese sitio Web. Si está calificado, puede solicitar un juicio por declaración en persona en la Oficina de la corte, o por correo enviando la solicitud a la corte que aparece en su citación. Si envía su solicitud por correo, incluya un sobre estampillado con su dirección. La corte le enviará por correo las instrucciones y los formularios para el
Juicio por declaración. Llene los formularios y llévelos a la Oficina de la corte antes de la fecha de vencimiento indicada en sus formularios. Incluya también un cheque por la cantidad de la fianza. Si no está seguro de cuánto es el monto de la fianza, fíjese en su aviso de cortesía. Si va a descargar los formularios de
Juicio por declaración de este sitio Web, llénelos y preséntelos junto con la cantidad de su fianza antes de la fecha de vencimiento que aparece en su aviso de cortesía. La corte guardará el dinero en un fideicomiso. Si lo declaran culpable, el dinero se usará para pagar las multas ordenadas. Si lo declaran inocente, la corte le devolverá el dinero a la persona que pagó la fianza. Después de que la corte reciba todos sus formularios y el dinero de la fianza, el secretario le enviará los formularios de declaración al agente que le dio la citación. El agente los debe llenar y presentarlos antes de la fecha de audiencia. Después el comisionado revisará el expediente y tomará una decisión en su caso. El comisionado decidirá si es culpable o inocente. Después enviará el expediente de vuelta al secretario de la corte para que éste le notifique a usted y al agente. Si el veredicto es culpable, la corte dictará la pena que corresponda y ordenará que se pague usando la fianza, si usted es el depositante. Si la multa es mayor que el monto de la fianza, la corte le dará una fecha límite para pagar el resto de la multa. Si la multa es menor al monto de la fianza, el saldo se reembolsará a la persona que depositó la fianza. También puede pedir un "juicio de novo." Esto quiere decir que está pidiendo un nuevo juicio, y que usted y las demás partes comparecerán personalmente ante la corte para ese juicio. Tiene 20 días después del veredicto para pedir un juicio de novo ( juicio en la corte). Si lo declaran inocente o se despide el caso, la corte le devolverá la fianza a la persona que la depositó.
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