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dibujo de una mujer en el mostrador Centro de ayuda para órdenes de restricción
    [Esta página está en inglés; This page in English]

Esta sección le cuenta sobre:

  1. ¿Qué es el Centro de ayuda para órdenes de restricción (ROHC)?
  2. ¿Dónde está el Centro de ayuda para órdenes de restricción?
  3. ¿Cuál es el horario de atención?
  4. ¿Puedo hablar con el ROHC por teléfono?
  5. ¿Qué tipo de ayuda puedo obtener?
  6. ¿Quién puede llenar los formularios?
  7. ¿Qué tengo que llevar conmigo?
  8. ¿Qué pasa después de presentar el formulario?
  9. ¿El Centro proporciona también ayuda con casos de acoso civil?
  10. ¿El Centro también ayuda con órdenes de restricción para casos de maltrato de ancianos?
  11. ¿El Centro también ayuda con órdenes de restricción para casos de violencia en el trabajo?
  12. ¿El Centro también ayuda con órdenes de restricción en la corte de menores?
  13. ¿Tengo que pagar algo?
     
  1. ¿Qué es el Centro de ayuda para órdenes de restricción (ROHC)?

    En la ventanilla del Centro de ayuda para órdenes de restricción le brindarán información sobre cómo obtener una orden de restricción. El personal le hablará sobre su problema, y le dará los formularios y folletos necesarios para ayudarlo con su caso.

    También le darán información sobre los recursos disponibles en la corte y en la comunidad. Puede obtener información sobre albergue temporal, consejería y otro tipo de ayuda que pueda llegar a necesitar.

     
  2. ¿Dónde está el Centro de ayuda para órdenes de restricción?
    fotografía de la ventanilla del Centro de ayuda para órdenes de restricción de la corte superior en edificio de la corte familiar
    El Centro de ayuda para órdenes de restricción se encuentra en la planta baja de la corte familiar en 170 Park Avenue, ubicado en el centro de San Jose.

    Haga clic aquí para obtener la dirección de la Corte Familiar, un mapa e información para estacionar.

    Cuando salga de las escaleras o del ascensor verá una ventanilla bajo un cartel grande que dice "Restraining Order Help Center" (Centro de ayuda para órdenes de restricción).

    El Centro de ayuda para órdenes de restricción de Sunnyvale y el Centro de autoservicio de South County también pueden ayudarlo con formularios de órdenes de restricción.

     
  3. ¿Puedo hablar con el ROHC por teléfono?

    Para hablar por teléfono con el Centro de ayuda para órdenes de restricción de la corte familiar, llame al (408) 534-5600 y seleccione la opción del Centro de ayuda para órdenes de restricción. Si hay gente esperando en la cola para que la ayuden, el personal no podrá contestar su llamada. El mensaje le dirá que vaya a la corte personalmente a pedir ayuda.
     
  4. ¿Cuál es el horario de atención?

    Los clientes del Centro de ayuda para órdenes de restricción de la corte familiar reciben ayuda por orden de llegada de lunes a viernes de 8:30 de la mañana a 12:30 de la tarde y de 1:30 a 4:00 de la tarde. Está cerrado en los feriados judiciales.

    Para averiguar el horario de atención del Centro de ayuda para órdenes de restricción de Sunnyvale, consulte la página de la corte de Sunnyvale en el sitio Web principal de la corte.
     
  5. ¿Qué tipo de ayuda puedo obtener?

    El personal de ROHC está capacitado para identificar los formularios e información correcta para cada cliente, ya que cada caso es único. Se puede realizar una búsqueda por computadora para ver si hay otros casos abiertos contra ese individuo.

    Los formularios también se pueden obtener en otros lugares:
     

    Podrá ver formularios de muestra para casos de violencia en el hogar y acoso civil fijados en la pared externa del Centro.
     

  6. ¿Quién puede llenar los formularios?

    La víctima de violencia, amenaza de violencia o acoso debe llenar personalmente los formularios para solicitar una orden de restricción. La persona restringida debe a su vez llenar el formulario de Respuesta.

    Si la persona que tiene que llenar los formularios no puede escribir o hay otra persona que se está encargando de traducir y escribir la información en los formularios, se le debe informar lo que se escribió y tiene que firmar los formularios personalmente. Los formularios no pueden ser firmados por una persona que se enteró de la situación.

    Los menores de edad también pueden solicitar una orden de restricción a partir de los 12 años de edad.
     

  7. ¿Qué tengo que llevar conmigo?
     
    • Si ya tiene una orden de restricción librada por un agente de policía o por la corte penal, por ejemplo, tráigala consigo.
    • Si alguna vez estuvo representada por un abogado, traiga un comprobante escrito (una orden presentada ante la corte) de que en estos momentos no tiene representación legal.
    • Si tiene problemas para hablar o escribir en inglés, traiga a un intérprete. Puede haber otros recursos de violencia en el hogar donde haya personas que hablen su mismo idioma.
    • Recibos de sueldo (optativo - para solicitar una exención de cuotas en algunos casos - ver más abajo)

    NO traiga a sus hijos. Trate de encontrar a alguien que cuide a sus niños. Puede tardar bastante tiempo en llenar todos los formularios necesarios. Los niños pueden ponerse muy impacientes mientras están esperando. Además, la violencia en el hogar es un tema para "adultos".
     

  8. ¿Qué pasa después de presentar el formulario?

    Vea la página de Orden de restricción de violencia en el hogar en este sitio Web para saber cuándo los formularios han sido firmados por el juez y están listos para recoger. ¡Puede verificar el estado de los formularios en línea!
     
  9. ¿El Centro proporciona también ayuda con casos de acoso civil?

    Sí, puede obtener ayuda con Órdenes de restricción de acoso civil.
     
  10. ¿El Centro también ayuda con órdenes de restricción para casos de maltrato de ancianos?

    Sí, pero la Ayuda Legal para Adultos Ancianos (SALA) es una excelente fuente de ayuda. Si aceptan considerar su caso, le podrán proporcionar más ayuda que el personal del Centro.
     
  11. ¿El Centro también ayuda con órdenes de restricción para casos de violencia en el trabajo?

    Sí, a menos que la empresa que está pidiendo protección sea una corporación. Si es una corporación, debe ser representada por un abogado.
     
  12. ¿El Centro también ayuda con órdenes de restricción en la corte de menores?

    Sí, el personal le ayudará con órdenes de restricción para casos de la corte de dependencia de menores, pero primero averigüe si un abogado de la corte de menores lo puede ayudar.
     
  13. ¿Tengo que pagar algo?

    Para hablar con el personal del Centro de ayuda para órdenes de restricción no hace falta pagar nada, y los formularios y folletos son gratis.

    Las presentaciones de violencia en el hogar son gratis. Sin embargo, cuando se presenta un caso de violencia en el hogar junto con un caso de paternidad, divorcio o separación legal, hay que pagar una cuota. Si tiene bajos ingresos, puede pedir que le dejen hacer la presentación sin pagar ("exención"). Para demostrarle a la corte cuánto gana, tiene que traer sus tres recibos de sueldo más recientes u otro comprobante de sus ingresos.

    Las presentaciones de acoso civil son gratis si hubo violencia. Si no hubo violencia y tiene bajos ingresos, puede solicitar una exención de cuotas.

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