Probate Court banner Picture of the Probate Building

Haga clic aquí para volver a la página principal de la corte testamentariaCorte testamentaria
El Gran Sello de California

bullet for list  Transferencia de propiedades por fallecimiento

bullet for list  Procedimientos testamentarios simplificados
bullet for list  Preguntas frecuentes - Cómo hacer la sucesión de un difunto
bullet for list  Diagrama del proceso testamentario
bullet for list  Cómo preparar la petición
bullet for list  Cómo administrar la sucesión
bullet for list  Cómo cerrar y distribuir la sucesión
bullet for list  Fideicomisos

bullet for list  Ayuda testamentaria para niños

bullet for list  Adopción
bullet for list  Tutela de menores
bullet for list  Emancipación
bullet for list  Cambio de nombre
bullet for list  Compromiso en nombre de un menor
bullet for list  Cómo proteger los activos de un menor
bullet for list  Recursos comunitarios

bullet for list  Ayuda para adultos/ancianos

bullet for list  Tutela de adultos
bullet for list  Tutelas LPS
bullet for list  Tutelas para adultos con discapacidades del desarrollo (Tutelas limitadas)
bullet for list  Medi-Cal
bullet for list  Cambio de nombre
bullet for list  Adopción de adultos
bullet for list  Maltrato de adultos dependientes/ancianos
bullet for list  Órdenes de restricción

bullet for list  Cómo tomar decisiones financieras y médicas

bullet for list  Poder legal duradero
bullet for list  Cómo tomar decisiones de atención de la salud
bullet for list  Fideicomisos en vida

bullet for list  Peticiones para establecer nacimiento, fallecimiento o matrimonio

bullet for list  Recursos y remisiones

bullet for list  Preguntas frecuentes
bullet for list  Árbitros testamentarios en California

bullet for list  Reglas testamentarias locales
bullet for list  Formularios testamentarios
bullet for list  Cuotas testamentarias
bullet for list  Cómo encontrar a un abogado testamentario
bullet for list  Términos testamentarios
bullet for list  Ubicación de la corte testamentaria
bullet for list  Página principal de autoservicio
bullet for list  Sitio Web principal de la corte
bullet for list  Sitio Web para obtener información sobre casos

 

 

Página de autoservicio  |  Glosario  |  Mapa del sitio |  Contactos
bulletCorte testamentaria

Corte testamentaria

Compromiso en nombre de menores

La ley dice que el dinero recibido en nombre de un niño menor de edad se debe manejar de manera especial.

Haga clic en uno de los siguientes temas:

  1. ¿Qué es el compromiso en nombre de un menor?
  2. ¿El compromiso en nombre de una persona incompetente es lo mismo que el compromiso en nombre de un menor?
  3. ¿Qué hago si mi hijo se lesiona y recibe una compensación?
  4. ¿Cualquiera de los padres puede firmar un acuerdo de compensación en nombre de su hijo?
  5. ¿Qué pasa si el niño tiene un tutor legal de su patrimonio?
  6. Formularios para la petición en nombre de un menor
  7. ¿Qué hago con los formularios de la corte?
  8. ¿Dónde puedo leer más sobre las leyes de compromiso en nombre de un menor?
     
  1. ¿Qué es el compromiso en nombre de un menor?

    Un compromiso en nombre de un menor es cuando un adulto firma en nombre del menor para que éste pueda recibir dinero. La ley no permite que el niño firme en su nombre hasta que sea adulto.
     
  2. ¿El compromiso en nombre de una persona incompetente es lo mismo que el compromiso en nombre de un menor?

    Básicamente sí. El compromiso en nombre de una persona incompetente es cuando otro adulto, nombrado por la corte, firma y recibe dinero en nombre de la persona incompetente. (Una persona incompetente es un adulto que no es capaz de tomar decisiones por sí mismo.)
     
  3. ¿Qué hago si mi hijo se lesiona y recibe una compensación?

    De acuerdo a la ley, un menor no puede firmar un contrato ni cualquier otro acuerdo legalmente vinculante.

    Pero si su niño hace un reclamo por lesiones recibidas en un accidente, entonces usted o el tutor del patrimonio del niño pueden firmar un acuerdo de compensación en su nombre.
     
  4. ¿Cualquiera de los padres puede firmar un acuerdo de compensación en nombre de su hijo?

    Sí, pero sólo si ambos padres viven con en niño. Si no, sólo puede firmar el padre que tiene custodia o el tutor legal del niño.

     
  5. ¿Qué pasa si el niño tiene un tutor legal de su patrimonio?

    El tutor del menor, tutor de un adulto o tutor ad litem pueden peticionar a la corte para que transfiera los fondos usando uno de los siguientes métodos:
     
    • Transferencia a una cuenta asegurada de una institución financiera o a una anualidad diferida de prima simple, de las cuales sólo se puede extraer dinero por orden de la corte;
    • Transferencia a un custodio conforme a la Ley Uniforme de Transferencia a Menores;
    • Transferencia al fiduciario de un fideicomiso que el menor puede revocar cuando cumpla 18 años;
    • Transferencia a un fiduciario de un fideicomiso en beneficio de un menor con necesidades especiales, tal como se describe en el Código Testamentario, sección 3604. (Este tipo de fideicomiso de necesidades especiales se usa sólo para menores que reciben beneficios públicos debido a una discapacidad o gastos médicos muy altos.) Cuando el fiduciario fallece, el fideicomiso tiene que reembolsarle al estado los gastos médicos del individuo, hasta el monto máximo colocado en el fideicomiso a la fecha de fallecimiento del fiduciario.)

      principio de la página

    Si no hay una tutela del patrimonio, la corte que da la orden de compensación por el reclamo del menor puede dar una orden para hacer lo siguiente:
     

    • Establecer una tutela del patrimonio y transferir los fondos a un tutor;
    • Transferir los fondos al tesorero del condado para que los deposite bajo ciertas condiciones;
    • Depositar los fondos en una cuenta asegurada de una institución financiera, de la cual sólo se podrán extraer por orden de la corte;
    • Comprar una anualidad diferida de prima simple, de la cual sólo se podrá extraer dinero por orden de la corte;
    • Transferir los fondos al fiduciario de un fideicomiso en beneficio de un menor con necesidades especiales, conforme al Código Testamentario, sección 3604;
    • Transferir los fondos a un custodio conforme a la Ley Uniforme de Transferencia a Menores;
    • Transferir los fondos al fiduciario de un fideicomiso, que el menor puede revocar cuando cumpla 18 años.Dibujo de un perro


    Si el acuerdo de compensación es por valor de $20,000 ó menos, la corte dará la orden que represente mejor los intereses del niño.

    Si el acuerdo es por $5,000 ó menos, la corte ordenará que se transfieran los fondos a un fideicomiso a beneficio del niño, cuyo fiduciario será el padre.



     

  6. Formularios para hacer una petición de compromiso en nombre de un menor
     
    • MC-350 Petición para aprobar compromiso en nombre de un menor
    • CIV-010 Solicitud y Orden para nombrar a un tutor ad litem
    • MC-351 Orden de aprobación de compromiso en nombre de un menor
    • MC-355 Orden para depositar dinero en una cuenta bloqueada
    • MC-356 Recibo y comprobante de la Orden para depositar dinero en una cuenta bloqueada

       
  7. ¿Qué hago con los formularios de la corte?

     
    Paso 1 Llene y presente los siguientes formularios ante el secretario testamentario de la Corte Superior Central (DTS) de San Jose.

    A menos que tenga una orden que lo exima del informe médico, adjunte un informe médico preparado a menos de cuatro semanas de la fecha de la petición.

    Vea la regla local 13C.

    No existe un formulario para la Orden para eximir el informe médico. Tiene que escribir esta orden a máquina en papel para escritos y un juez lo tiene que firmar antes de que pueda presentar su petición.

    Paso 2 Pague el honorario de presentación. (Si tiene un caso civil, no tiene que pagar un honorario).

    Haga clic aquí en el Programa de cuotas testamentarias para ver una "Petición de compromiso en nombre de un menor".
    Paso 3 Si el dinero (compensación) que se recibirá en nombre de un menor es mayor a $5,000, habrá una audiencia.

    Las audiencias se llevan a cabo los martes a las 3:30 de la tarde en el Departamento 13 de la Corte Superior Central.

    Cuando presente sus documentos, el secretario le dirá la fecha de su audiencia.

    O, llame al personal de la corte testamentaria. Su número de teléfono aparece bajo "Probate Filings" en el directorio telefónico de la corte.

    Nota: Si el dinero (compensación) que se recibirá en nombre de un menor es menor de $5,000, no habrá una audiencia. Sólo entregue todos los formularios necesarios al secretario testamentario con un sobre con su nombre y dirección, y franqueo pagado. El secretario de la corte usará el sobre para enviarle por correo la copia endosada-presentada de la decisión del juez.
    Paso 4 Si el juez aprueba la petición, presente las órdenes MC-351 y MC-355.
    Paso 5 Lleve una copia certificada de la Orden MC-355 al banco junto con el formulario MC-356.

    El secretario del banco tiene que firmar el Recibo (MC-356).

    Después, usted tiene que presentar el Recibo con el secretario testamentario.

     

  8. ¿Dónde puedo leer más sobre las leyes de compromiso en nombre de un menor?

    Lea el Código testamentario, sección 3600 y las siguientes secciones.

principio de la página
 

 
   

© 2008 Corte Superior de California condado de Santa Clara
Descarga de responsabilidad