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Términos de Adopción

Los casos de adopción usan con frecuencia palabras especiales que son difíciles de entender. Esta sección le explica esos términos.

Haga clic en uno de los siguientes temas:

  • Padre presunto

    Un padre presunto es un hombre que estuvo casado con la madre biológica, o ha vivido con la madre biológica y con el niño, y le ha dicho a otras personas que él es el padre. También hay otros factores.

    Un padre presunto tiene los mismos derechos y responsabilidades que la madre biológica. El proceso de adopción no puede continuar sin el consentimiento del padre presunto.

    Si usted es el padre presunto, no está de acuerdo con la adopción, y quiere criar a su hijo, es probable que la corte le dé permiso. Hable con un abogado sobre su caso.

    Nota al padre: Si cree que puede ser el padre de un niño, hable con un abogado lo más pronto posible. Si no tiene el dinero suficiente para contratar a un abogado, puede pedirle a la corte que le asigne uno.
     
  • Padre alegado

    Un padre alegado es un hombre que fue identificado por la madre como posible padre biológico del niño. Un padre alegado no está casado con la madre biológica y no ha vivido con el niño ni con la madre biológica después que nació el niño.

    Un padre alegado tiene que ser notificado de la petición de adopción. Pero si después de haber realizado una búsqueda diligente no se lo puede ubicar al padre alegado, la corte puede dar por terminados sus derechos de paternidad.

    El padre alegado puede dar su consentimiento a la adopción, renunciar a recibir notificación de los actos procesales o firmar una Denegación de paternidad. Si el padre alegado se niega a hacer cualquiera de estas cosas, la corte puede dar por terminados sus derechos de paternidad. Esto puede ocurrir después de realizar los actos procesales que correspondan y sólo si el padre alegado no presenta una solicitud de custodia del niño.

    Nota al padre: Si cree que puede ser el padre de un niño, hable con un abogado lo más pronto posible. Si no tiene el dinero suficiente para contratar a un abogado, puede pedirle a la corte que le asigne uno.
     
  • Padre biológico
    Un padre biológico es el padre o la madre natural del niño.
     
  • Terminación de los derechos de paternidad

    Si se dan por terminados sus derechos de paternidad (terminación), no tendrá más derechos legales sobre su hijo y ya no será responsable (ya sea económicamente o de otra manera) por el cuidado de su hijo.

    Si la corte da por terminados sus derechos de paternidad, puede apelar la decisión. Tiene que presentar su apelación a no más de 60 días de la fecha en que la corte dio la orden de terminación de sus derechos.
     

Otra información sobre adopción en este sitio

 

 
   

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